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Cómo nació Themis
< Alicia Herrera, Primera Presidenta de Themis >

Éramos un grupo de abogadas que en Facultad de Derecho habíamos estudiado el Estatuto Jurídico de las mujeres, regulado en el Código Civil *[1]. Habíamos aceptado acríticamente sus disposiciones sin preguntarnos el efecto que producía en las mujeres todo este Ordenamiento Jurídico en su personalidad, en el desarrollo de sus potencialidades y en sus posibilidades de vivir libremente y sin dependencias.

Sólo cuando tomamos la defensa de sus Derechos comprendimos el profundo sentido discriminatorio de las normas con las que, a través de diversos mecanismos, habían entregado al hombre, al marido, el gobierno sobre su persona, sus bienes y sus hijos.

Lo que más conmovió nuestros sentimientos fue el ensordecedor silencio de las mujeres que no se atrevían a gritar ante nosotros su cotidiana tragedia, su miedo; el aislamiento que alimenta su dependencia, que refuerza la inseguridad y la certeza de su soledad ante las circunstancias: Las mujeres maltratadas.

Por la lucha de las mujeres feministas-letradas o no- se modificaron estas normas discriminatorias contrarias a la Constitución de 1978, que había afianzado el respeto irrestricto a los Derechos Fundamentales, consagrándolo como fundamento del orden político y la paz social y entregando a Jueces y Tribunales la tutela efectiva en el ejercicio de estos derechos.

Con gran entusiasmo, las letradas habíamos conocido la desmedrada situación en la que se encontraban las mujeres que, desde su nacimiento, habían sufrido la aplicación de las normas discriminatorias, nos entregamos de lleno a dar vida a estas disposiciones que las colocaban en situación de igualdad en todas las condiciones de su vida.

Recurrimos a los Tribunales en demanda de estos derechos, única Autoridad que puede exigir legítimamente el cumplimiento de las leyes, aplicando la fuerza con que cuenta para obtener su respeto y restableciendo la seguridad jurídica, la tranquilidad de espíritu que nos da la confianza de que ningún ciudadano pueda temer nada de otro; la certeza de la protección frente a la agresión. *[2]

Muy pronto sentimos la resistencia pasiva de la policía y de muchos jueces para aplicar estas nuevas disposiciones que habían alterado la condición de la mujer en la sociedad. Empezamos a conocer la Indefensión, la Neutralización de las Leyes en su aplicación por los Tribunales que así, consciente o inconscientemente, mantenían los Valores de la Dictadura.

Cuarenta años habían vivido los Jueces en un "período áureo de pacífica legalidad", "Sus viejos cerebros, y su vieja lógica" se habían acostumbrado al Orden en el que el marido tenía, por Ley, el gobierno de la persona, los bienes y los hijos de la mujer. No podían adaptarse a la nueva legalidad que estableció la Igualdad entre los cónyuges en el matrimonio. "Una delicada situación de malestar personal se creó en muchos de estos magistrados..." *[3]

En un mundo aislado de la Soberanía Popular, en el proceso de democratización que vivió España, no pudieron percibir los cambios ideológicos y culturales que se habían producido en la sociedad.

Así, tratando de exigir los derechos de nuestras defendidas, nos sentimos "contra el orden", "revolucionarias". Éramos abogadas y, además, teníamos experiencia, conocimientos y valor pero estábamos solas: tan aisladas como las mujeres que queríamos defender. Fueron momentos muy difíciles y, muchas veces, nos invadió el desaliento.

El poder del marido había sido reemplazado por la acción de los jueces que, en sus resoluciones, las dejaban indefensas ante aquél. Confrontando, en Congresos Internacionales, nuestra experiencia con las colegas de otros países, cualquiera que fuera su sistema político, pudimos darnos cuenta de que esta situación era universal y que no estaba vinculada, necesariamente, a la dictadura. En todas partes, la defensa de los derechos de las mujeres frente a sus cónyuges, las leyes perdían fuerza y valor.

Hicimos un análisis de la situación. Llegamos a la conclusión que estábamos ante una flagrante violación a la norma Constitucional y al Derecho Fundamental que reconocen a todos la protección Judicial de los Derechos. Los Derechos Humanos, al parecer, no estaban pensados para las mujeres. Era necesario denunciar ante la opinión pública y ante las autoridades pertinente la indefensión que padecían, necesitábamos pruebas y fuerza y, para ello, nos unimos.

Así nació Themis. Con el ánimo de darle sentido a nuestra profesión y desarrollar nuestra vocación democrática. Tímidamente, nos constituimos y empezamos a hacer oír nuestra voz. Nos extendimos a todas las Comunidades y, muy pronto, tuvimos el estímulo y el apoyo de todas las abogadas que vivían las mismas situaciones.

Themis nos dio fuerza y valor y, por primera vez, sentimos que habíamos dejado de ser sujetos pasivos del Derecho, simples correas transportadoras neutras de valores ajenos, y nos convertimos en sujetos activos de derecho, en verdaderas interlocutoras entre las ciudadanas y la Justicia. Habíamos encontrado un camino que aún vamos transitando pero que, estamos seguras, es el correcto: el único que puede compensar la balanza de la Justicia para las mujeres.



[1] Heredero del Código de Napoleón
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[2] Por ello son llamados "Los custodios del Derecho"
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[3] Crisis de la Justicia. Piero Calamandrei, al referirse a la actitud de los Jueces durante el proceso de democratización italiana.
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